¿Qué hay que saber si un consorcio cambia de administrador?

Los cambios de gestión pueden dar lugar a confusiones. En el caso de los edificios, a veces los vecinos demandan una mejora de productividad de parte de la administración, necesitan renegociar honorarios o renovar al staff, y deciden desvincular a la administración vigente para buscar una nueva.

¿Qué documentación debe entregar el Administrador?
Tanto en caso de renuncia como de remoción, el administrador debe hacer la rendición de cuentas y entregarle al consejo de propietarios los activos existentes, libros y documentos del consorcio en un plazo de 15 días hábiles a partir de su remoción.

Entre otras cosas, debe entregar:
  • Informe y conciliación de cuentas bancarias.
  • Cheques a depositar.
  • Caja chica indicando quién la tiene.
  • Fondo de Reserva.
  • Reglamento de Propiedad Horizontal (original si existe).
  • Seguros: Seguro integral - pólizas, ART, seguro de vida obligatorio y demás pólizas.
  • Documentación del personal del edificio.
  • Planos originales del edificio.
  • Información de expedientes de juicios.
  • Retenciones a proveedores.
  • Reglamentos internos.
  • Informes técnicos obligatorios.
  • Contrato con proveedores o de alquiler de espacios comunes.
  • Convenios de pagos de expensas o convenios firmados en mediación.
  • Clave Suther.
  • Registro de firmas.
  • Libros de actas, de órdenes, de sueldos y de administración.
  • Comprobantes de gastos.
  • Pagos de cargas sociales.
 
¿Qué pasa si hay deudas?
En ese caso, se debe convocar a una asamblea para entender el origen de la deuda y decidir cómo proceder.
 

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